El 13 de agosto de 1985 se publicó en el Boletín Oficial del Estado el primerReal Decreto que regulaba la relación laboral de las Empleadas del Hogar, y aunque ha ido actualizándose hasta la actualidad, este colectivo ha carecido y sigue careciendo de muchos derechos en comparación con el resto de trabajadores y, entre ellos, se encuentra el derecho a cobrar la prestación de
desempleo una vez que ven finalizada su relación laboral.
Esta situación, por fortuna, va a cambiar en España. Ya que el día 9 de junio de 2022, el Congreso de los Diputados a ratificado el convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) que amplía y protege los derechos de las empleadas del hogar, entre otras, el derecho a percibir la prestación por desempleo.
Algunos de los derechos que serán ampliados y/o protegidos son:
– El período de descanso,
– Conceptualización de horas de trabajo,
– Límites en la retribución en especie,
– “Prohibición” de despidos sin justificar el fin del contrato.
Con la ratificación de este convenio, el Gobierno ya ha dicho que en los próximos días se pondrán con su regulación y que, esperan, que para este próximo mes de septiembre ya estén en vigor la protección y ampliación de estos y otros derechos.
Por lo que, si no ocurre nada, todos los Empleados del Hogar que estén en situación legal de desempleo y que cumplan con todos los requisitos legales, tendrán derecho a cobrar el paro.
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