¿Tienen derecho a paro los Empleados del hogar?

El 13 de agosto de 1985 se publicó en el Boletín Oficial del Estado el primerReal Decreto que regulaba la relación laboral de las Empleadas del Hogar, y aunque ha ido actualizándose hasta la actualidad, este colectivo ha carecido y sigue careciendo de muchos derechos en comparación con el resto de trabajadores y, entre ellos, se encuentra el derecho a cobrar la prestación de
desempleo una vez que ven finalizada su relación laboral.

Esta situación, por fortuna, va a cambiar en España. Ya que el día 9 de junio de 2022, el Congreso de los Diputados a ratificado el convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) que amplía y protege los derechos de las empleadas del hogar, entre otras, el derecho a percibir la prestación por desempleo.

Algunos de los derechos que serán ampliados y/o protegidos son:
– El período de descanso,
– Conceptualización de horas de trabajo,
– Límites en la retribución en especie,
– “Prohibición” de despidos sin justificar el fin del contrato.

Con la ratificación de este convenio, el Gobierno ya ha dicho que en los próximos días se pondrán con su regulación y que, esperan, que para este próximo mes de septiembre ya estén en vigor la protección y ampliación de estos y otros derechos.

Por lo que, si no ocurre nada, todos los Empleados del Hogar que estén en situación legal de desempleo y que cumplan con todos los requisitos legales, tendrán derecho a cobrar el paro.

Esperamos que te haya sido de ayuda este post y recuerda suscribirte a nuestra Newsletter para estar informad@ de todo lo que necesitas, ¡conocer TUS DERECHOS LABORALES!

¡Te esperamos!

El equipo de Afirmación Profesional – Servicios Jurídico-Laborales.