Como trabajador tendrás derecho a paro si cumples con las siguientes condiciones:
- Estar afiliado a la Seguridad Social y haber estado de alta.
- Cotizar por cualquier sistema que tenga la cobertura de desempleo.
- Tener un mínimo cotizado de un año ininterrumpido.
- Que tu contrato de trabajo haya terminado por finalización del contrato temporal o por un despido (del tipo que sea). Si ha terminado por una baja voluntaria, no tendrás derecho a paro.
- No tener la edad legal para acceder y cobrar la jubilación.
¿Cuánto tiempo tengo que cotizar para cobrar el paro?
Según el período cotizado tendrás derecho o no a percibir el paro, así como a más o menos meses. A continuación te adjuntamos la tabla orientativa de los períodos necesarios de cotización y la duración de la prestación:
Período de ocupación en los 6 últimos años (en días) | Duración máxima de la prestación (en días) |
Desde 360 hasta 539 | 120 (4 meses) |
Desde 540 hasta 719 | 180 (6 meses) |
Desde 720 hasta 899 | 240 (8 meses) |
Desde 900 hasta 1.079 | 300 (10 meses) |
Desde 1.080 hasta 1.259 | 360 (12 meses) |
Desde 1.260 hasta 1.439 | 420 (1 año y 2 meses) |
Desde 1.440 hasta 1.619 | 480 (1 año y 4 meses) |
Desde 1.620 hasta 1.799 | 540 (1 año y 6 meses) |
Desde 1.800 hasta 1.979 | 600 (1 año y 8 meses) |
Desde 1.980 hasta 2.159 | 660 (1 año y 10 meses) |
Desde 2.160 | 720 (2 años) |
¿Cuánto cobraré de paro?
El cálculo de la prestación de desempleo se tiene en cuenta en función de la base de cotización de los últimos 6 meses. Y cuando tengamos ese importe, se percibirá de la siguiente manera:
- Durante los primeros 6 meses de paro percibiremos el 70% de nuestra base reguladora.
- Durante el resto de tiempo pendiente de percibir, el 50% de la base reguladora.
Primero, para conocer tu base de cotización deberás de ver las últimas 6 nóminas y sumar las cotizaciones por desempleo de este período.
A continuación, te ponemos un ejemplo para que puedas comprobar tu mismo dónde está este apartado. Para ello, una vez tengas las últimas 6 nóminas, deberás de ver en la parte inferior la base de cotización por desempleo de cada una de ellas. Para que te resulte más fácil, te adjuntamos una nómina de ejemplo para que puedas comprobarlo:
Una vez tengas localizada tu base de cotización, deberás:
- Sumar el importe que aparece por este concepto en las últimas seis nóminas. (Habrá que descontar el importe aplicado de las horas extras, ya que no se tiene en cuenta para el cálculo).
- El importe resultante, dividirlo por 180. Y ese resultado, es tu base reguladora diaria.
- Para comprobar tu base de cotización mensual, que será con lo que terminaremos de determinar cuál será el importe que cobrarás por desempleo, deber multiplicar por 30 la base reguladora diaria del punto anterior.
Ejemplo: imaginemos que todos los meses tenemos la misma base de cotización por desempleo (1.350€).
- Ese importe lo multiplicaremos por seis, es decir, por las seis nóminas que debemos tener en cuenta para el cálculo (1.350 x 6 = 8.100€).
- Para calcular la base reguladora diaria, realizaremos el siguiente cálculo (8.100/180 = 45€/día).
- Pasaremos la base reguladora diaria a mensual (45 x 30 = 1.350€).
- Esto quiere decir que durante los seis primeros meses de paro percibiremos 945€ (1.350€ x 70%), y durante el resto de tiempo pendiente, 675€ (1.350€ x 50%).
Además, existen unas cuantías mínimas y máximas de desempleo, así como variaciones en función de si se tienen hijos o no. Veamos cuales son en 2022:
- La cuantía mínima es de 540,41€ al mes.
- La cuantía mínima para personas con hijos es de 722,80€ al mes.
- La cuantía máxima es de 1.182,16€ al mes.
- La cuantía máxima para personas con un hijo es de 1.351,04€ al mes.
- La cuantía máxima para personas con dos o más hijos es de 1.519,92€ al mes.
¿Quién paga el desempleo?
El encargado del pago del desempleo será el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).
Para poder percibir el cobro del paro será necesario presentar la solicitud al SEPE, de forma presencial o electrónica, y tendrás de plazo 15 días hábiles (esto es sin contar sábados, domingos y festivos) desde la situación que te da derecho a paro, si excedes este plazo, cobrarás desde la fecha de solicitud.
Si necesitas más información sobre si cumples los requisitos para acceder al paro, cómo debes tramitarlo o sobre cualquier otra consulta, contacta con nosotros.
¡Te esperamos!
El equipo de Afirmación Profesional – Servicios Jurídico-Laborales.