Reclamación de Cantidad

ESTAS SON ALGUNAS DE LAS CONSULTAS QUE HAN RESULETO NUESTROS ABOGADOS

RECLAMACIÓN DE CANTIDAD: Cuando la empresa nos deja de abonar la totalidad o parte del salario o cualquier otra cantidad exigible de pago, como por ejemplo horas extraordinarias, complementos, finiquitos, etc. Podremos reclamar esas cantidades a través de varias vías:

1º) Mediante una reclamación extrajudicial en los Servicios de Mediación Arbitraje y Conciliación, en la cual a través de una papeleta de conciliación trataremos de alcanzar un acuerdo con la empresa para que nos abonen las cantidades adeudadas y, de no haber acuerdo, habrá que presentar demanda ante el Juzgado de lo Social. 

La papeleta de conciliación será siempre obligatoria antes de acudir al juzgado. 

2º) Reclamación judicial ante dos tipos de procedimientos.

        a. Proceso monitorio: es un procedimiento rápido para la satisfacción de créditos salariales, mediante el pago de parte de la deuda o embargando los bienes. Para realizar este procedimiento          se deben cumplir los siguientes requisitos:

  • La empresa no encontrarse en concurso de acreedores.
  • Se puede notificar al deudor.
  • Las cantidades reclamadas deben estar ya vencidas, exigibles y de una cantidad determinada.
  • Debe ser una reclamación individual de la persona trabajadora, y no colectiva.
  • El importe reclamado no podrá superar los 6.000€.

      b. Procedimiento Ordinario: no es tan rápido como el anterior y además no cuenta con preferencia como otro tipo de procedimientos judiciales (vacaciones, despidos, movilidad geográfica,            etc.). En este procedimiento, si obtenemos una sentencia estimatoria y la empresa ha desaparecido o no tiene liquidez, podremos reclamar las cantidades al Fondo de Garantía Salarial (FOGASA).

¿Qué plazo tengo para reclamar una cantidad?

El plazo del que dispones para reclamar una cantidad a la empresa es de un año desde el momento en el que las cantidades debieron ser abonadas por la empresa y no se hizo.

Como hemos visto, existen diferentes formas y casuísticas de reclamaciones de cantidad, si la empresa te debe dinero y no hace por abonártelo, dínoslo, nosotros lo reclamaremos y lucharemos por lo que es tuyo.

Pues no olvides suscribirte a nuestra Newsletter para estar informad@ de todo lo que necesitas, y de compartir con cualquier que pudiera serle de ayuda.

¡Te esperamos!

El equipo de Afirmación Profesional – Servicios Jurídico-Laborales.