¿Qué debe abonarme la empresa durante mis vacaciones?
La retribución durante el mes en el que disfrutes tus vacaciones debe ser la retribución normal o media que percibas de forma regular y habitual durante el resto de meses por tu jornada de trabajo ordinaria.
Por lo que, salvo que tu Convenio Colectivo establezca una regulación más favorable:
- Los trabajadores que cada mes vengan percibiendo conceptos variables, como por ejemplo, comisiones por ventas, incentivos de producción, etc. Tendrán derecho a cobrar un promedio de dichos conceptos en la nómina de vacaciones.
- No se deben incluir las horas extras o complementarias.
- Y tampoco se deben incluir los conceptos cuyo pago en la nómina de vacaciones supusieran una duplicidad en el pago, como por ejemplo, un bonus en base a unos objetivos anuales (al ser anual, su pago ya incluye la parte correspondiente de las vacaciones).
Eso sí, los conceptos que se incluyan en la paga de vacaciones deben ser habituales. Y a estos efectos, los tribunales consideran que hay habitualidad cuando dichos conceptos se satisfacen en 6 o más meses de entre los 11 anteriores. Por ejemplo, un complemento por nocturnidad que se cobró durante 2 meses no se incluirá en la paga de vacaciones, ni en su totalidad ni en ninguna proporción. En cambio, si ese plus se cobró durante 8 meses, se incluirá íntegramente también en la paga de vacaciones, al considerarse “habitual”.
Por último, deberá excluir de los conceptos los que no tengan naturaleza salarial. Por ejemplo, un complemento por comida que se abona a las personas en régimen de jornada partida. Esta partida no tiene carácter salarial sino compensatorio, por lo que se excluye su pago durante el mes de vacaciones.
Lo mismo ocurre con el plus de transporte, puesto que es un concepto indemnizatorio abonada por la empresa para hacer frente al gasto que los trabajadores tienen para acudir a su puesto de trabajo, el cual, durante las vacaciones, no tienen que realizar.
Esperamos que te haya sido de ayuda este post y recuerda suscribirte a nuestra Newsletter para estar informad@ de todo lo que necesitas, ¡conocer TUS DERECHOS LABORALES!
¡Te esperamos!
El equipo de Afirmación Profesional – Servicios Jurídico-Laborales.